Respuesta corta: En California, el Código Civil §1941.1 considera inhabitable una vivienda que carece de impermeabilización, plomería, gas, calefacción o electricidad en buen estado, entre otros puntos. El inquilino puede reparar y descontar el costo, hasta un mes de renta y no más de dos veces en 12 meses, tras avisar y esperar un tiempo razonable (§1942). Muchas pólizas de responsabilidad de arrendador excluyen los reclamos de habitabilidad, así que el mantenimiento es su mejor protección.
Lo que exige la ley
| Tema | Regla | Fuente |
|---|---|---|
| Condiciones de habitabilidad | Techo y paredes impermeables, plomería, gas, agua caliente, calefacción, electricidad, áreas limpias, basureros, pisos y escaleras seguros | Código Civil §1941.1 |
| Reparar y descontar | Hasta un mes de renta, máximo dos veces en 12 meses; 30 días se presume razonable | §1942 |
El seguro
Muchas pólizas de responsabilidad excluyen los reclamos de habitabilidad. Lea su póliza y pregunte a su agente.
Preguntas frecuentes
¿Cubre mi seguro de arrendador un reclamo de habitabilidad?
Muchas pólizas de responsabilidad lo excluyen; revise la sección de exclusiones.
¿Cuánto puede descontar el inquilino?
Hasta un mes de renta, no más de dos veces en 12 meses (§1942).
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